PPWR
O Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases entró en vigor en la Unión Europea el pasado 12 de agosto pero no en su totalidad
28 de Agosto de 2026
Ahora es momento de ir preparando los siguientes pasos para conocer y adaptarnos a las siguientes modificaciones en nuestra relación con los envases y sus residuos
Los datos preocupan. Los envases constituyen cerca de un tercio de los residuos sólidos municipales de la UE apreciándose un incremento del 24% respecto al 2010. Esto requiere medidas contundentes en cuanto a estos residuos puesto que, aunque el reciclaje ha aumentado en el territorio de la Unión (23%), no lo ha hecho al mismo ritmo que la generación, la cual, según estimaciones de la Comisión, podría elevarse en un 46% de aquí a 2030 en el caso de los residuos de envases plásticos.
Frente a este posible futuro, el PPWR se pone en marcha con medidas ya vigentes en cuanto a la estricción de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en los envases en contacto con alimentos. Esto viene a reflejar que, aquellos envases destinados a contener alimentos que superen los límites establecidos, no podrán comercializarse dentro del territorio de la Unión Europea.
Estas sustancias se usaban en los envases para recipientes de comida para llevar, envoltorios de comida rápida, bolsas de palomitas para microondas, papeles destinados a productos de panadería o cajas de pizza puesto que, aunque sus materiales eran más respetuosos, la resistencia al agua o a la grasa se conseguía con estas sustancias, también llamadas “sustancias químicas eternas” y que con las restricciones, se pretenden disminuir minimizando la exposición a las personas consumidoras y limitando su liberación en el medio ambiente.
Otro cambio importante llegará en 2028 con el etiquetado. El correcto destino de nuestros residuos es esencial para un tratamiento posterior adecuado y evitar la dispersión en el medio. Con este cambio se pretende armonizar los etiquetados de los envases en la Unión Europea de tal manera que se pueda realizar, con mayor facilidad, la separación de los envases identificando el flujo de residuo al que pertenece para su depósito en el contenedor adecuado. Estas etiquetas, además, podrán aportarán información relativa a los materiales empleados, el contenido reciclado o la compostabilidad del recipiente.
Con esta modificación, se facilita a las empresas que comercializan en más de un país y se armonizan las normas en todos los países miembros de tal manera que sea homogénea para toda la ciudadanía europea.
En 2029 se incorporan requisitos a cumplir relacionados con la recogida separada de determinados envases. Concretamente con la recogida de las botellas de plástico de un solo uso y de los recipientes metálicos para bebidas de los que deberá recogerse, al menos, el 90% anual lo que se pretende con los DDR (Depósito, devolución y retorno). Esta medida no sólo persigue disminuir los residuos de envases, sino que pretende incorporar materiales a las cadenas de valor para su reutilización y reciclado lo que provocará la disminución de los residuos, aumentará la reutilización y el reciclado y reducirá la necesidad de nuevas materias primas.
En 2030 se tendrán resultados de estas medidas para realizar modificaciones que se consideren, pero, además, el grosso del Reglamento se comenzará a aplicar en este año en el cual será necesario que todos los envases sean reciclables además de contener un mínimo de materiales reciclados en el mismo. Esto pretende cerrar el círculo en nuestras fronteras al usarse los envases comercializados dentro de la Unión, con las características exigidas de contenido mínimo reciclado y que podrán reciclarse de manera económica aumentando el uso de plásticos reciclados y reduciendo la dependencia de las materias primas vírgenes.
Consciente de la necesidad de los envases y la imposibilidad de su eliminación, es necesario tomar medidas para la disminución de sus residuos adquiriendo, el diseño de los mismos, una gran relevancia. La reciclabilidad de los envases y/o su reutilización deben ser perseguidos por los productores. Por ello, se mantienen los porcentajes de reciclaje ya recogidos en normativas europeas anteriores del 70% en el conjunto de los envases distribuyéndose según su naturaleza en 85% para papel y cartón, 75% para vidrio, 55% para plástico y 30% para madera. Además, es necesario apostar por una disminución en la generación de los residuos de envases debiendo, cada Estado miembro, apostar por la reducción en un 5% para este 2030, en un 10% cinco años después y en un 15% en 2040 la cantidad de residuo generada por habitante (tomando como referencia 2018).
Con este nuevo Reglamento se inicia un nuevo periodo para los envases donde las modificaciones abarcan todo el ciclo de vida: desde el diseño, la comercialización, el uso, la reutilización y la gestión de sus residuos, procurando una vida más larga de los materiales y una economía circular de los envases en toda la Unión Europea.

