El nuevo Reglamento de Ecodiseño entra en vigor
A mediados de julio entró en vigor el Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo que instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles
6 de Agosto de 2024
Este Reglamento modifica la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542 además de derogar la Directiva 2009/125/CE
El Pacto Verde Europeo es la estrategia de crecimiento sostenible de Europa y tiene como objetivo garantizar que la Unión se convierta en el primer continente climáticamente neutro de aquí a 2050 y en esto, el papel de los productos es esencial. Por ello, transitar hacia una economía circular y una sociedad eficiente energéticamente representa una prioridad para la consecución de los objetivos climáticos de 2030 y 2050.
En aras de acelerar la transición, el programa de 2020 de la Comisión «Nuevo Plan de Acción para la Economía Circular por una Europa más limpia y más competitiva» planteaba como objetivo un marco regulatorio adaptado a ese futuro sostenible buscado recogiendo que “por lo que respecta a los ciudadanos, la economía circular les ofrecerá productos de alta calidad, funcionales y seguros, eficaces y asequibles, que durarán más y estarán diseñados para ser reutilizados, reparados y sometidos a un reciclado de alta calidad” pero que, aún en 2024, no existía ningún conjunto de requisitos que asegurase la sostenibilidad de los productos que entran en territorio de la Unión Europea de tal manera que resultaba complicado, para la ciudadanía, tomar decisiones sostenibles en relación con los productos, debido, no solo a la falta de información sino también a las opciones asequibles para hacerlo, lo que nos lleva a la pérdida de oportunidades de sostenibilidad y operaciones de retención de valor, una demanda limitada de materiales secundarios y obstáculos a la adopción de modelos de negocio circulares.
Con el objetivo de, paulatinamente, poner fin a esta situación, ha entrado en vigor el Reglamento sobre diseño ecológico de productos sostenibles (ESPR), normativa europea que establece los requisitos de sostenibilidad de una amplia gama de productos que serán ampliados progresivamente y que sustituye a la Directiva 2009/125/CE (diseño ecológico para los productos relacionados con la energía). Este Reglamento persigue ampliar las garantías de las personas consumidoras pues los productos durarán más, serán más fáciles de reparar y reciclar, contendrán menos sustancias químicas problemáticas y serán más eficientes tanto desde el punto de vista energético como desde el del uso de recursos lo cual conlleva a menores costes y menos residuos.
Estos cambios hacia la circularidad, ecodiseño y sostenibilidad han de ser liderados por la industria europea que debe tomar las riendas de esta transición reduciendo su huella de carbono y su huella material, integrando la economía circular en su estructura, apartándose de los modelos tradicionales lineales y revolucionando la manera de diseñar, fabricar, utilizar y eliminar productos. El suministro de materias primas debe aminorarse y dirigirse al suministro de materias primas secundarias y el reciclado lo que la convertirá en una industria más resiliente y autosuficiente.
El reglamento será ampliado con actos delegados de la Comisión donde se establecerán requisitos de diseño ecológico de información o de rendimiento, o ambos, por grupos de productos además de uno o varios requisitos horizontales para una gama más amplia de productos con similitudes técnicas enfocados, estos últimos requisitos, en la durabilidad y la reparabilidad y que permitirán mejorar la sostenibilidad medioambiental de los mismos.
Se ha de consultar a todas las partes interesadas en este proceso a través del Foro de Diseño Ecológico, compuesto por expertos designados por los Estados miembros y otras partes interesadas. En este marco, la Comisión también creará un grupo de expertos de los Estados miembros, que debe contribuir a la preparación de nuevos requisitos de diseño ecológico, a la evaluación de las medidas de autorregulación, al intercambio de información y mejores prácticas entre los Estados miembros sobre las medidas para mejorar el cumplimiento del presente Reglamento, como campañas de educación e información o apoyo a las pymes, así como al establecimiento de prioridades.
Con el fin de predisponer y preparar a las empresas con tiempo suficiente, la Comisión publicará planes de trabajo plurianuales en los que se enumerarán los productos y las medidas que deberán abordarse estimándose que el primero tendrá lugar dentro de nueve meses.
Para el primer plan de trabajo, la Comisión debe dar prioridad al hierro, el acero, el aluminio, los textiles, en particular prendas de vestir y calzado, los muebles, incluidos los colchones, los neumáticos, los detergentes, las pinturas, los lubricantes, los productos químicos, los productos de tecnologías de la información y la comunicación y otros productos electrónicos, y productos relacionados con la energía para los que deben establecerse por primera vez requisitos de diseño ecológico o para los que deben revisarse las medidas existentes adoptadas en virtud de la Directiva 2009/125/CE. Además, se pondrán en marcha medidas transversales con el fin de reforzar patrones de consumo y producción sostenibles y la aplicación eficaz de la normativa en el territorio de la Unión. El establecimiento de requisitos de diseño ecológico comunes a escala de la Unión permitirá el desarrollo, la implantación y la expansión de nuevos modelos de negocio de economía circular en todo el mercado interior.
Este Reglamento recoge la puesta en marcha del Pasaporte Digital del Producto que recogerá los requisitos de información o rendimiento o ambos y que proporcionará información del mismo a toda la cadena de valor. Este pasaporte debe ser fácil de usar y los datos en él contenidos han de ser exactos, completos y actuales. Con el mismo se pretende aportar la información sobre sostenibilidad necesaria a las personas consumidoras para la realización de compras responsables ya que los consumidores tendrán la posibilidad de comparar la información de los pasaportes de productos en un portal web gestionado por la Comisión Europea.
Entre otras medidas, la normativa se adentra en la problemática desencadenada por la destrucción de los excedentes de producción, sobre todo en los relativos al textil y el calzado obligando a las empresas a justificar dicha destrucción, así como llevar un cómputo de estas prácticas, estableciendo excepciones y demoras en la aplicación para determinados colectivos.
En cuanto a los productos de construcción, la Comisión fijará requisitos a los productos finales cuando, con la aplicación de los requisitos del reglamento de los productos de la construcción, no se alcancen los objetivos de sostenibilidad recogidos en este Reglamento. Asimismo, cuando se formulen los planes de trabajo de los productos relacionados con la energía y que sean también productos de construcción (p.e. calderas), el Reglamento de los productos de construcción da prioridad a los requisitos de sostenibilidad de este Reglamento siendo complementario los requisitos del reglamento de construcción.
En resumen, este Reglamento pretende ser el marco regulatorio que armonice las diferentes normativas actuales existentes en los diferentes estados miembros que buscan la sostenibilidad de sus productos de tal manera que, de manera gradual, se introduzcan requisitos de diseño ecológico de los productos permitiendo con ello, alcanzar una economía climáticamente neutra, eficiente en el uso de los recursos y circular pero además adelantada al futuro por ello contempla nuevos requisitos de sostenibilidad en el diseño ecológico que mejorarán la durabilidad, fiabilidad, reparabilidad, actualizabilidad, reutilizabilidad y reciclabilidad, mejorando las posibilidades de reacondicionamiento y mantenimiento de los productos atendiendo, además, a la presencia de sustancias químicas peligrosas en los productos e intensificando su eficiencia en cuanto al uso de energía y de recursos. Además, contempla la posibilidad de revalorizar materias primas estratégicas y fundamentales, la reducción de la generación prevista de residuos y el aumento del contenido reciclado de los productos sin que esto merme su rendimiento y su seguridad, posibilitando la remanufacturación y el reciclado de alta calidad, reduciendo así la huella de carbono y la huella medioambiental. Entre los requisitos establecidos para conseguir un verdadero diseño ecológico no debe faltar la atención en la obsolescencia prematura que aumenta la cantidad de residuos y de consumo de energía
Por ello, en la sociedad que se pretende alcanzar en la Unión Europea, los productos y materiales sostenibles, circulares, seguros y que no sean tóxicos deben convertirse en la norma y no en la excepción, y deben considerarse como la opción por defecto, atractiva, asequible y accesible para todos los consumidores.