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Administración

Directrices para los censos de amianto

Los Ministerios de Sanidad, Trabajo y Transición Ecológica elaboran una guía metodológica para la elaboración de los censos de amianto

1 de Agosto de 2024

retroexcavadora con contenedores a los pies de un edificio que parece que lo está demoliendo y recogiendo los escombros de manera diferenciada

Las obras de rehabilitación o remodelación de edificios que contienen amianto pueden provocar graves problemas de salud, no solo para los trabajadores sino también para las personas ocupantes de esos edificios o instalaciones

El amianto, también llamado asbesto, es un mineral constituido por silicato de cal, alúmina y hierro. Ha sido muy utilizado, sobre todo durante el siglo XX, por sus múltiples propiedades que lo hacen muy versátil pero cuando se desprenden sus fibras pueden provocar graves efectos nocivos para la salud.

Descubierto los importantes perjuicios, España prohibió su utilización y comercialización en 2002 (Orden ministerial del 7 de diciembre de 2001 por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre, sobre limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos) y, mediante la Directiva 2003/18/CE, Europa prohibió su uso y comercialización indicando su sustitución por otros materiales. Asimismo, el Real Decreto 296/2006 recoge las medidas de seguridad que deben llevarse a cabo en los trabajos que estén expuestos al amianto por el gran peligro que su manipulación y exposición conlleva. Asimismo, el Parlamento Europeo aprobó, el 14 de marzo de 2013, la Resolución “Riesgos para la salud en el lugar de trabajo relacionados con el amianto y perspectivas de eliminación de todo el amianto existente (2012/2065(INI)” donde se pedía un inventario de amianto, mapas de localización y planes para su retirada y eliminación antes de 2028.

La ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados recoge, en su disposición adicional decimocuarta, la obligatoriedad de los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto, así como un calendario de retirada de los mismos al año de entrada en vigor la ley.

Pero el censo que los ayuntamientos han de realizar ha de obedecer a unas directrices que deben ser uniformes para que tengan una forma armonizada en todo el territorio nacional. Por ello, los Ministerios de Sanidad, Trabajo y Transición Ecológica han elaborado una guía metodológica que identifica, en primer lugar, la localización de los edificios y emplazamientos susceptibles de contener amianto para, en caso positivo tras análisis visual, documental o analítico, identificarlo como Material con Amianto (MCA) y valorar su peligrosidad para su retirada y gestión planificada, priorizando dichas actuaciones según criterios de peligrosidad y exposición a la población más vulnerable. La complejidad que entraña la inspección para su detección, así como la valoración de su peligrosidad para establecer el calendario de retirada requiere de personal capacitado con formación y experiencia y con conocimiento en la tarea a desempeñar y en los riesgos que la misma conlleva.

Esta guía, que pretende facilitar y armonizar la labor de los ayuntamientos, contiene cuatro anexos con modelos para el inventario, el método de valoración del riesgo, ficha de registro y modelo de censo además de, en su contenido, incluir un apartado donde se dan pautas y se explican los procedimientos para la elaboración del censo con sus fases de exploración, inspección, valoración de riesgo, informe de identificación y valoración, así como el contenido que ha de poseer el censo. Contiene otro apartado donde se exponen los criterios de priorización de su retirada por grado de peligrosidad, exposición a la población más vulnerable y prioridad de retirada terminando con la gestión de los residuos de amianto, material clasificado como peligroso, cuya única forma de eliminación es mediante depósito en vertedero aplicando medidas estrictas de seguridad en su manipulación puesto que su rotura desprende las partículas que generan riesgos para la salud de las personas. Los gestores de estos residuos son los encargados de encapsular estos residuos y confinarlos en depósitos apropiados y autorizados que eviten la dispersión de las fibras.

Es, por tanto, esta guía, un valioso recurso puesto a disposición de los ayuntamientos, para dar cumplimiento a la normativa facilitando y armonizando su labor.