Volver a la Home
General

Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario

El pasado 2 de abril se publicó la ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

10 de Julio de 2025

verduras acopiadas

Curiosamente, aunque una parte del mundo sigue teniendo problemas para alimentarse, otra parte ha de legislar para que el desperdicio de alimentos no vaya a más

La ley de desperdicio alimentario, que es como todos la conocen ya, declara que las pérdidas y el desperdicio de alimentos son señal de un funcionamiento ineficiente de los sistemas alimentarios y de una falta de concienciación social y es que, el alcance ambiental, social y económico que supone la actual situación provoca graves consecuencias en estos tres ámbitos.

Los datos están ahí. Dos millones de hectáreas se han deforestado para producir alimentos que no se han consumido; casi un 30 % de la superficie agrícola del mundo se usa anualmente para producir alimentos que se pierden o desperdician. Según el Informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) sobre «Climate Change and Land», publicado en agosto de 2019, la disminución de las pérdidas y del desperdicio de alimentos reducirían las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) ya que la generación de alimentos produce una importante huella hídrica y carbónica.

Sin embargo, actualmente, entre el 25 % y el 30 % del total de alimentos producidos se pierde o desperdicia.

En el mundo desarrollado se producen alimentos en cantidad y calidad suficiente para la mayoría de su población, permitiendo un reparto adecuado y a un precio razonable. Pero a pesar de estos avances hay millones de personas en todo el mundo que pasan hambre.

Solamente entre las fases de la postcosecha y la venta minorista se pierde hasta el 14 % de la cantidad de alimentos que se producen en todo el mundo (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) en 2019).

Y es que no solo se desperdician alimentos tan necesarios para otros seres humanos sino que los recursos invertidos para su obtención también se desperdician: empleados para producirlos, esfuerzos humanos, técnicos y económicos invertidos, trabajo, superficie, economías familiares del sector primario afectadas, freno del desarrollo económico de regiones rurales, y todo ello se traduce en una disminución en términos económicos equivalente a más de 728 miles de millones de euros al año, según detallan los estudios de la FAO «Mitigation of food wastage. Societal costs and benefits». 2014 y «Food wastage footprint. Full-cost accounting. Final report. 2014».

Analizando la cadena de valor, en la Unión Europea se calcula que un 40% del desperdicio se concentra en el consumidor, otro 40% en la transformación y fabricación, un 15% en la restauración y un 5% en la distribución.

Cabe recordar que la Estrategia Española de Economía Circular, España Circular 2030 incluye como objetivo reducir la generación de residuos de alimentos en toda cadena alimentaria: 50 % de reducción per cápita a nivel de hogar y consumo minorista y un 20 % en las cadenas de producción y suministro a partir del año 2020, contribuyendo así a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) pero los esfuerzos realizados durante estos años han sido insuficientes por lo que se concluye que no es suficiente con medidas de concienciación sino que es necesario acompañarlas de reformas estructurales de calado en la cadena de elaboración, transformación y suministro de productos alimentarios  para lo que se requiere apoyo económico además de acompañamiento de las administraciones para acometer la importante transformación que se exige.

Con este espíritu se aprueba la ley con un total de 23 artículos, estructurados en seis capítulos siendo el capítulo I destinado a las disposiciones generales donde además de determinar el objeto de la ley se definen conceptos y se determinan las exclusiones de su aplicación. El capítulo II regula las obligaciones de los agentes de la cadena alimentaria. El capítulo III regula las recomendaciones de las administraciones públicas junto con las empresas que venden al consumidor final y las empresas de la hostelería; el capítulo IV se centra en la racionalización de las fechas de consumo preferente. El capítulo V dispone los instrumentos para el fomento y control de la reducción y prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario incluyendo el Plan Nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario a revisar cada 4 años, y el capítulo VI recoge el régimen sancionador. Para finalizar, la ley se completa con una parte final de ocho disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y veinte finales donde se prevén las correspondientes previsiones sobre el título competencial, las habilitaciones normativas, y la entrada en vigor, así como sobre la metodología coordinada de cuantificación de desperdicio, pérdida y residuo alimentario.

Un paso más hacia la reducción de desigualdades sociales, de emisiones, de residuos, de pérdidas de diversidad y económicas que deben hacer reaccionar al conjunto de la sociedad para dirigirnos a un futuro mejor.