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General

La trazabilidad de los residuos electrónicos

En una sociedad cada vez mas digital, el uso de aparatos eléctricos y electrónicos está en constante crecimiento lo que, unido a la moda rápida existente también en este ámbito, genera una gran cantidad de residuos.

15 de Octubre de 2024

un monton de ordenadores viejos dispersos en el campo

El etiquetado de este tipo de residuos para una gestión eficaz es necesario y permitirá la trazabilidad y control sobre este flujo, cada vez más abundante.

Con la necesidad de gestión de este flujo de residuos y el cumplimiento de objetivos marcados por las normativas europeas nació, en 2015, el Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que promueve el uso eficiente de recursos en línea con los principios de la economía circular y velando por el medio ambiente y la salud de las personas.

Este Real Decreto recogía la creación de una plataforma electrónica de gestión y de una oficina de asignación de recogida de este tipo de residuos, ambas herramientas de control de la gestión e instrumentos de apoyo del grupo de trabajo de la Comisión de coordinación en materia de residuos de los RAEE (residuo de aparato eléctrico y electrónico). Tanto la plataforma como la oficina tienen su desarrollo normativo en la Orden TED/1032/2024 publicada recientemente en el Boletín Oficial del Estado (artículos 55 y 56 del Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos).

La Plataforma electrónica de gestión constituirá una base de datos de recogida y tratamiento de estos residuos que permitirá conocer la cantidad y situación de este flujo garantizando la trazabilidad del mismo. Aportará datos en cuanto a la cantidad de RAEEs gestionados en nuestro territorio, así como las exportaciones realizadas a países de la Unión Europea y a terceros países posibilitando mejoras en cuanto a vigilancia, supervisión y control de estos residuos lo que aportará información y control de cara al cumplimiento de los objetivos de la Unión Europea en materia de recogida y de valorización de RAEE. Además, la plataforma servirá como medio de cumplimiento de las obligaciones de los gestores en cuanto a archivo cronológico y memoria anual y contendrá la información que los productores han de entregar a las Administraciones públicas cumpliendo con las obligaciones derivadas de la Responsabilidad Ampliada del productor.

Toda esta información estará disponible porque los operadores deberán introducirla en la plataforma electrónica a lo largo del ciclo de gestión del RAEE, desde el acopio inicial de estos residuos pasando por las instalaciones de almacenamiento o tratamiento intermedio hasta que lleguen a las plantas de tratamiento específico de RAEE puesto que cada instalación debe introducir los datos de entrada y salida siendo, de relevancia, el peso de los RAEEs para garantizar su trazabilidad y asegurar un seguimiento adecuado cobrando importancia la obligatoriedad del etiquetado.

Esta plataforma se financiará de manera conjunta entre el MITERD y los productores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE).

Por su parte, la Oficina de asignación de recogidas de RAEE garantizará el tratamiento adecuado de todos los residuos de este flujo recogidos bajo la responsabilidad ampliada del productor en territorio español. La oficina asignará la organización de las recogidas de manera que se respeten las cuotas de mercado de los productores que forman cada sistema de responsabilidad ampliada del productor. El ámbito en el que opera la oficina de asignación se circunscribe a los RAEE recogidos en las instalaciones de recogida municipal y en los distribuidores, así como a los RAEE generados por productores profesionales de RAEE, cuando la gestión sea financiada por los sistemas de responsabilidad ampliada no impidiéndose, a los poseedores, organizar directamente la gestión de sus residuos.

Con todo, esta orden compuesta de 19 artículos organizados en cuatro capítulos y dos disposiciones adicionales, cuatro transitorias y dos finales además de complementarse con dos anexos pretende el cumplimiento, por parte de España, de los requisitos establecidos por la Unión Europea en el tratamiento de los RAEES en línea con los principios de la economía circular, la gestión eficiente, la protección de las personas y el medio ambiente, así como el desarrollo sostenible.