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MITECO: ayudas del PERTE en Economía Circular para Empresas

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha puesto en marcha una convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva por valor de 192 millones de euros procedentes de los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para impulsar la implantación de proyectos de economía circular en empresas, según lo establecido en el PERTE en Economía Circular.

9 de Diciembre de 2022

logo PERTE de Economia circular

Subvenciones muy demandadas por los sectores y las empresas que, tras la apertura de la manifestación de interés en enero de 2021, presentaron 1.224 propuestas de proyectos.

El PERTE (Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica) en economía circular fue aprobado el 8 de Marzo de 2022 en Consejo de Ministros y pretende dar el impulso definitivo a la incorporación de la economía circular en la industria española. Para su consecución, estas ayudas, recogidas en la Orden TED/1211/2022, tienen la finalidad de fomentar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales para mejorar la competitividad y la innovación en el marco de una economía circular.(Orden TED/1211/2022, de 1 diciembre, por la que se estableces las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular)

 

Las actuaciones subvencionables corresponden a la línea de acción 2 del PERTE <<Actuación transversal para impulsar la economía circular en la empresa>> que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías:

a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes.

b) Ecodiseño y puesta en el mercado de productos realizados bajo esquemas de ecodiseño.

c) Mejora de la gestión de residuos.

d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas.

Asimismo, serán subvencionables los proyectos de I+D que se hallen dentro de cualquiera de las categorías a), b) y c) dirigidas a:

- Proyectos de investigación industrial.

- Proyectos de desarrollo experimental.

- Estudios de viabilidad.

Un mismo proyecto no podrá abarcar más de una modalidad de las anteriores.

Estas ayudas solo serán aplicables si tienen efecto incentivador, es decir, siempre que el inicio de los trabajos comience a partir de que la persona o entidad beneficiaria haya presentado la solicitud y la memoria. Asimismo, deben cumplir el principio de <<no causar un perjuicio significativo>> al medio ambiente (principio DNSH)

Las personas o entidades beneficiarias podrán ser las siguientes, siempre que estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:

• Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia.

• Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el catálogo de entidades de economía social previsto en el artículo 6 de la Ley 5/2011.

• Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, Start-up o entidad de economía social, sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan.

La ayuda tendrá una cuantía total máxima de 10 millones de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 150.000 euros por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización que tendrán una cuantía máxima de 5 millones de euros.

Consecuentemente, en el caso de agrupaciones, cada una de las personas o entidades integrantes percibirá, al menos, 150.000 euros de ayuda y, el proyecto subvencionado en su conjunto, no podrá recibir más de 10 millones de euros de ayuda o 5 millones en el caso de estudios de viabilidad y proyectos de digitalización. 

Dentro de estos límites, el importe de la subvención está delimitado por la intensidad de la ayuda que se establece en función de la naturaleza del proyecto y del tamaño de la entidad.

El plazo de ejecución máximo de los proyectos varía en función del importe de ayuda asignado, finalizando en las siguientes fechas:

a) 31 de diciembre de 2023 para proyectos con ayuda mayor o igual a 150.000 € y menor o igual a 400.000 €.

b) 31 de diciembre de 2024 para proyectos con ayuda mayor a 400.000 € y menor o igual a 2.500.000 €.

c) 31 de diciembre de 2025 para proyectos con ayuda mayor a 2.500.000 € y hasta 10.000.000 €.

La presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente y dirigirse a la Fundación Biodiversidad, utilizando el formulario de solicitud que está disponible para su cumplimentación y presentación en su portal web.

En este mismo enlace pueden consultarse las bases reguladoras y la convocatoria, así como un documento de FAQ (preguntas frecuentes).

El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 08/12/2022 y finaliza el próximo 21 de enero de 2023.

Para consultar dudas se ha habilitado la siguiente cuenta de correo electrónico: economiacircular@fundacion-biodiversidad.es.

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