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PUBLICADA ORDEN PUNTOS LIMPIOS

Publicada la Orden 32/2022, de 4 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se regulan los procedimientos de autorización y comunicación y los requisitos técnicos que deben cumplir los puntos limpios en el ámbito de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

14 de Febrero de 2022

El 14 de febrero de 2022 ha sido publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 32/2022, de 4 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se regulan los procedimientos de autorización y comunicación y los requisitos técnicos que deben cumplir los puntos limpios en el ámbito de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha con el fin de dar cumplimiento a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, integrando asimismo los principios de economía circular y desarrollo sostenible

 

Los puntos limpios constituyen instalaciones de gestión de residuos que ocupan un papel cada vez más central en la gestión de residuos a nivel municipal. Las nuevas normativas imponen nuevos requisitos técnicos para el desarrollo de su actividad. Esto nos debe hacer repensar el diseño y los usos de los puntos limpios. Los puntos limpios han de evolucionar y constituir una oportunidad para la implementación de la circularidad desde las tres dimensiones de la sostenibilidad: la económica, la ambiental y la social. El punto limpio ha de convertirse en el centro del círculo, la instalación de referencia a nivel municipal para el desarrollo de puntos de reparación, intercambio de objetos o aprovechamiento de elementos, dentro de la economía colaborativa. Pueden ser una oportunidad para fomentar iniciativas sociales de integración de colectivos desfavorecidos, pero también un espacio para la educación y la sensibilización ambiental.

La Orden publicada tiene por objeto regular el procedimiento de autorización y comunicación, así como establecer los requisitos técnicos que deben cumplir los puntos limpios que se emplacen o presten servicio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Los objetivos principales del punto limpio serán los siguientes:

a) Evitar el vertido incontrolado de aquellos residuos domésticos que no pueden ser gestionados a través de los servicios convencionales de recogida.

b) Fomentar la separación en origen de los residuos domésticos.

c) Aprovechar los materiales contenidos en los residuos que sean susceptibles de ser valorizados, consiguiendo el mayor ahorro energético y de materias primas y reduciéndose el volumen de residuos a eliminar.

d) Fomentar la economía circular mediante el empleo, entre otras, de técnicas de preparación para la reutilización.

e) Fomentar la concienciación y divulgación de los postulados de la economía circular, así como la implicación y participación de la ciudadanía

En su articulado, la Orden recoge las condiciones generales que han de cumplir los puntos limpios el régimen de autorización y comunicación, la vigilancia, inspección, control y régimen sancionador asi como el período de transición para la adecuación de los puntos limpios existentes en la región.

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