Real Decreto 27/2021, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, sobre pilas y acumuladores, y el Real Decreto 110/2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE),
El pasado mes de enero se publicó el Real Decreto 27/2021, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, sobre pilas y acumuladores, y el Real Decreto 110/2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), como parte del proceso de transposición de las diferentes Directivas dedicadas a la mejora en la gestión de residuos, uno de los grandes objetivos de la política ambiental de la Unión Europea.
5 de Febrero de 2021
Esta modificación viene a impulsar y mejorar determinados aspectos de la gestión de estos de residuos, tanto para equiparar la normativa existente al resto de países europeos, como para actualizar las nuevas químicas, en el caso de las pilas y baterías, que no encajaban correctamente en la Lista Europea de Residuos (LER).
Una de las grandes novedades de esta modificación es la mejora del control en la importación. Con el fin de prevenir las consecuencias para el medio ambiente que tienen los productos importados que se escapaban de las obligaciones de la responsabilidad ampliada del productor, se refuerza el control del cumplimiento por parte de los importadores, de las obligaciones de registro en el Registro Integrado Industrial, tanto en el caso de aparatos eléctricos y electrónicos como de pilas y acumuladores.
Dentro de las modificaciones específicas del Real Decreto 106/2008, sobre pilas y acumuladores, hay que destacar como hemos indicado anteriormente, la inclusión nuevos códigos LER adaptados a las nuevas químicas, como son el Litio y el Níquel Metal Hidruro, encuadrando así las nuevas y numerosas baterías derivadas de las nuevas tecnologías, así como las asociadas al auge de los vehículos eléctricos, estando ambas catalogadas como residuos peligrosos. Aparte de esto, se incluyen nuevos códigos LER genéricos que dejan la opción abierta a la aparición de nuevas baterías que incorporen sustancias peligrosas.
Por otra parte, en el Real Decreto 110/2015 de RAEE encontramos numerosas modificaciones. Si bien este Real Decreto es relativamente reciente y supuso un gran cambio en el tratamiento de estos residuos, ha sido necesario establecer una serie de correcciones y mejoras tanto de redacción como de contenido, para facilitar el trabajo de todos los actores implicados en la gestión de los RAEE.
Al igual que con las baterías, era necesario introducir unos nuevos códigos LER-RAEE, en especial para los termos eléctricos que presentan gases en sus espumas aislantes. Estos aparatos no podían catalogarse dentro de la fracción 1 (junto a neveras, congeladores, etc.) puesto que no existe intercambio de temperatura, por lo que se han incluido dentro de la fracción 4 con unos códigos específicos para diferenciarlos del resto de residuos de la misma categoría.
Por otra parte, la fracción 6 (aparatos informáticos y telecomunicaciones), también se ha visto modificada, separando el origen doméstico y profesional de los residuos y añadiendo el carácter de no peligrosidad de los mismos, que en el anterior Real Decreto no existía, y que era uno de los puntos más conflictivos a la hora de gestionar estos residuos.
Para facilitar la correcta gestión tanto de los nuevos residuos de pilas y baterías como de RAEE, la Dirección General de Economía Circular ha incluido una disposición adicional que permite a las instalaciones que actualmente estén tratando estos residuos poder actualizar el contenido de su autorización mediante una comunicación, para evitar interrupciones o alteraciones en sus procesos de tratamiento.
En la web de la JCCM se encuentra disponible para estas instalaciones el procedimiento de actualización de sus autorizaciones, en el que se detallan estos nuevos códigos establecidos en este Real Decreto 27/2021.
Aparte de los nuevos códigos LER, algunos de los aspectos relacionados con la normativa de RAEE modificados por este Real Decreto son los siguientes: Se ha clarificado el ámbito de aplicación, incidiendo en su aplicación desde agosto de 2018 a todos los aparatos eléctricos y electrónicos; se han concretado los objetivos valorización que deben cumplir los productores de aparatos eléctricos y electrónicos; y finalmente, se permite que los sistemas colectivos puedan realizar actividades complementarias siempre que sean financiadas de forma voluntaria y únicamente por aquellos productores que hayan decidido participar en ellas.
La eficacia en la gestión de residuos es una de las grandes prioridades en la política ambiental de la Unión Europea, y para ello se añaden también diferentes instrumentos económicos y otras medidas para incentivar y consolidar la aplicación de la jerarquía de residuos, una cuestión fundamental a la hora de gestionar los residuos de manera eficiente.
A la espera de la nueva Ley de Residuos, que previsiblemente verá la luz dentro de unos meses, esta modificación de la normativa de residuos de pilas y baterías y de aparatos eléctricos y electrónicos es sin duda un buen adelanto de las novedades normativas referentes a la gestión de residuos que nos esperan durante este 2021.
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