Noviembre 2026
Esta es la fecha en la que el SDDR tiene que estar ya funcionando en España pero, ¿estamos preparados?
16 de Diciembre de 2025
El Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) es un mecanismo por el cual el consumidor paga un depósito reembolsable al comprar una bebida envasada y, al devolver el envase vacío a los puntos autorizados, recupera el dinero pagado por dicho envase en su totalidad.
Los datos aportados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) a finales de 2024 mostraron que nuestro país tan solo alcanzó la cuota del 42% de recogida selectiva de botellas de plástico de un solo uso en 2023; el objetivo era del 70%.
Con estos datos y la norma en la mano (art.47 del Real Decreto 1055/2022) es obligatorio implantar el SDDR en un plazo máximo de 2 años: Noviembre 2026.
Pero es que, además, el Reglamento Europeo sobre envases y residuos de envases, UE 2025/40 (el PPWR) aprobado en 2024, contempla el objetivo de recogida del 90% para enero del 2029 lo que requiere actuar inmediatamente, no contemplándose otra alternativa distinta a la implantación de este sistema que se ha demostrado eficaz en otros países de la Unión Europea.
La situación de España es especial, con 49 millones de habitantes y más de 90 millones de turistas al año, la implantación de este nuevo sistema de reciclaje requerirá de infraestructura dimensionada para sus características especiales donde se estima la implantación de un total de entre 20.000 y 25.000 máquinas repartidas entre supermercados medianos y grandes, hipermercados y centros comerciales.
El SDDR supone un cambio en la gestión de residuos que actualmente se lleva a cabo en España y, que funcione, depende de muchos actores que están llamados a la acción porque es necesario que todos conozcan y entiendan su papel; desde el gobierno, con una normativa adecuada, hasta el pequeño comerciante, que debe saber cómo le afectará y con qué debe contar, sin olvidar a los productores, que han de financiar el sistema, para finalizar con la llave de todo, la ciudadanía que será, con sus acciones, la verdadera protagonista del éxito del sistema.
La experiencia en otros países demuestra que los beneficios alcanzados, tanto en el ámbito ambiental como social y económico, justifican plenamente esta inversión colectiva hacia una economía verdaderamente circular.
Por ello, España ya tiene sus esbozos del sistema donde se recogerán, en un principio, las botellas de plástico (PET) de hasta 3 litros, las latas de metal (aluminio/acero) y los envases de cartón para bebidas no lácteas ("briks") buscando, además de alcanzar los objetivos establecidos del 90% para 2029, reducir la basura dispersa en entornos naturales y calles, mayor calidad en el reciclaje (recogida uno a uno), ahorro de energía (reciclar el aluminio ahorra energía frente a la producción de nuevo), reducción de la huella de carbono (menos emisiones) y un cambio cultural importante que modifica hábitos y conductas.
El precio del producto debe figurar y ser claro para que este sistema no suponga un aumento del precio por lo que debe figurar "el precio del producto + depósito" (en España se baraja 0,10€) tanto en la zona de expositor como en el ticket y la persona consumidora debe poder depositarlo indistintamente en el lugar donde lo adquirió como en cualquier otro punto de recogida, que podrá contar con una máquina automática de devolución de envases o por sistema manual (establecimientos sin espacio para una máquina). Las personas consumidoras que no devuelvan sus envases vacíos no recuperarán los depósitos que pagaron.
Los envases devueltos deben estar intactos para que la máquina (tanto la automática como la del centro de conteo y clasificación del SDDR) pueda reconocerlo como un envase de depósito registrado, leyendo el código EAN y verificando el logo del SDDR. Es conveniente, además, que se mantenga la etiqueta y, preferiblemente, el tapón.
¿Y qué pasará con las tiendas pequeñas, sobre todo en zonas rurales? Se estima que, en estas zonas, al menos al principio, se optará por un sistema de recogida manual, aunque, por legislación española, los comercios ≤120m² podrían estar exentos de realizar la recogida, la experiencia demuestra que muchos participan voluntariamente para no perder clientes puesto que estos que prefieren comprar donde pueden canjean sus depósitos y si es en una tienda cercana al domicilio, aún mejor.
De cualquier forma, y teniendo en cuenta la dispersión geográfica del país, ya se contemplan soluciones flexibles como la agrupación de varios comercios pequeños para una máquina común, rutas de recolección móviles o, incluso, máquinas de devolución en espacios públicos gestionadas por entidades locales.
Con un horizonte cercano (noviembre 2026), la necesidad de coordinar muchos actores (públicos y privados), adaptar a las empresas y educar a la ciudadanía, tendremos que acelerar el paso para cumplir con lo establecido.

