Novedades sobre el traslado de residuos
El Convenio de Basilea versa sobre el control en relación a los movimientos transfronterizos de los residuos peligrosos y su eliminación ambientalmente racional
14 de Mayo de 2024
El control sobre los residuos y su gestión se intensifica
En noviembre de 2023, Consejo de la UE y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo político provisional para actualizar el Reglamento sobre traslados de residuos que data de 2006. La razón de esta necesidad de revisión surge de los problemas medioambientales y de salud originados en los países de destino de los residuos, terceros países que no pertenecen a la UE y hacia los que las exportaciones han aumentado considerablemente.
Por ello, el fin de esta revisión no es otra que preservar la salud de las personas y el medio ambiente, así como fomentar el uso de los residuos como recursos dentro de la Unión Europea de tal manera que la economía circular sea una realidad y que Europa sea, cada vez, más eficiente y autónoma evitando, de este modo, los problemas de abastecimiento que puedan surgir.
El traslado de residuos problemáticos fuera de la Unión Europea (UE) debe regularse estableciéndose procedimientos y controles que garanticen la seguridad de los mismos, así como su correcta gestión en el país de destino.
Con este propósito, en marzo de 2024, el Consejo de la UE adopta la revisión que afecta a los traslados intracomunitarios de residuos, residuos importados y exportados hacia y desde terceros países y los residuos en tránsito por países de la UE hacia o desde terceros países.
En cuanto a los traslados intracomunitarios de residuos, la revisión prohíbe los traslados de todos los residuos destinados a eliminación dentro de la UE salvo excepciones muy justificadas lo que requerirá la notificación, confirmación y autorización previas por escrito (“PIC”). Asimismo, aquellos residuos empleados en el análisis y experimentos en laboratorio presentan una excepción siempre y cuando se encuentren dentro de unos límites establecidos en el reglamento
El sistema PIC se utiliza para notificar y recibir la aceptación, por escrito, de los países de expedición, tránsito y destino antes de exportar los residuos. Este sistema se debe usar tanto para notificar dentro de la UE como cuando se quiere exportar a terceros países. Estas notificaciones, así como el resto de la documentación exigida por el Reglamento, se presenta e intercambia de manera electrónica por un sistema central que gestiona la Comisión.
Además, tanto para las notificaciones como para los requerimientos de información exigidos por las autoridades, así como para la validez de las notificaciones, existen calendarios y plazos de tal forma que los procesos no se alarguen en exceso dando el tiempo suficiente para el análisis, estudio y respuesta de todas las solicitudes (tanto a autoridades como a notificantes y a receptores).
En cuanto a las exportaciones de residuos se mantiene la prohibición de exportar, a terceros países, residuos para su eliminación desde los países de la UE así como exportar residuos peligrosos con destino la valorización de los mismos a países que no sean miembros de la OCDE. En el caso del traslado de residuos fuera de la UE se ha acordado que las instalaciones de destino deben ser auditadas, previamente, por organismos independientes, garantizando la gestión de los residuos de manera respetuosa con el medio ambiente de tal forma que sólo se podrán exportar a estas instalaciones autorizadas. El registro de estas instalaciones lo creará la Comisión.
En el caso de la exportación de los residuos plásticos, se establece la prohibición de exportar residuos plásticos no peligrosos a países que no sean miembros de la OCDE aunque, si alguno de estos países presenta su solicitud a la Comisión, transcurrido el plazo de 5 años desde la entrada en vigor del reglamento, solicitando ser receptor de los mismos, la Comisión evaluará y podrá levantar dicha prohibición. En cuanto a los países de la OCDE, sí está permitido su exportación bajo la notificación PIC y bajo el control de la Comisión con el fin de una gestión eficaz y adecuada de este tipo de residuos.
El Reglamento se ha publicado el 30 de abril en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor veinte días después de su publicación.