ZONAS DE BAJAS EMISIONES (ZBE) EN CASTILLA-LA MANCHA
Las zonas de bajas emisiones (ZBE) se desarrollaron como un instrumento de mejora de la calidad atmosférica de muchas ciudades, con objeto de reducir las emisiones de gases y partículas contaminantes que emiten los vehículos de combustión. Su objetivo es mitigar los problemas de contaminación atmosférica y sus graves repercusiones en la salud pública.
Las restricciones de circulación de vehículos con más emisiones dentro de las poblaciones, han evidenciado que las ZBE son útiles también para disminuir la emisión de gases de efecto invernadero debido al tráfico, por lo que pueden ser un elemento más en la lucha contra el cambio climático. Adicionalmente contribuyen a la reducción de los niveles de ruido y a limitar la ocupación del espacio público por los vehículos privados, tanto de calzadas y carriles dedicados a la circulación como de la superficie de estacionamiento, dando oportunidades a la recuperación de las ciudades para los peatones. En definitiva, una contribución evidente para hacer las ciudades más saludables y sostenibles.
28 de Septiembre de 2021

La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, indica en su artículo 14.3 que los municipios de más de 50.000 habitantes deberán de disponer antes de 2023 de planes de movilidad sostenible que, entre otras medidas, incluyan zonas de bajas emisiones.
Esta obligación se extendería también a los municipios de más de 20.000 habitantes en el caso que superaran los valores límite de los contaminantes regulados en Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
Normativa
Ley 7/2021 define una ZBE como el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente.
Aparte de que las limitaciones a la entrada y circulación de vehículos deben de estar relacionadas con el distintivo medioambiental (“etiquetas”) que otorga la Dirección General de Tráfico, la legislación no indica nada más sobre las características y requisitos que deben de cumplir las ZBE para ser consideradas como tales, por lo que no existe un modelo único para implementarlas. No obstante, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) está elaborando unas directrices al respecto y recientemente la Federación de Municipios y Provincias ha publicado una guía técnica para su implementación basada en la experiencia acumulada en el área metropolitana de Barcelona y orientada a grandes municipios.
Las ZBE pueden ser más o menos extensas y por lo general se basan en el control activo de los vehículos que penetran en la misma, mediante el empleo de plataformas de control y seguimiento automático y apoyadas en una señalización viaria especial. Adicionalmente pueden llevar acompañadas restricciones en el aparcamiento en el interior de la misma o el pago de determinadas tasas o peajes por circular. Por otra parte, las restricciones al tráfico más contaminante pueden ser permanentes, o activarse sólo cuando los niveles de inmisión superan ciertos umbrales establecidos.
Implantación y ayudas en Castilla-La Mancha
En principio, en Castilla-la Mancha estarían obligados por esta normativa las cinco capitales de provincia más la ciudad de Talavera de la Reina. Esto significa que aproximadamente el 27 % de su población se verá afectada de una manera u otra por esta nueva regulación, aunque en realidad será mucho mayor, dado que estas seis ciudades son importantes núcleos turísticos, comerciales, administrativos y de servicios, a los que la población circundante accede mayoritariamente en vehículo.
Para apoyar a los municipios de Castilla La Mancha en esta obligación, la Resolución de 28/05/2021, de la Dirección General de Economía Circular, convocó ayudas para el diseño e implantación de zonas de bajas emisiones en municipios de Castilla-La Mancha. Dichas ayudas, reguladas por la Orden 51/2021, de 9 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, están financiadas con fondos correspondientes a los Planes de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático (PIMA-CC) para la puesta en marcha de acciones de lucha contra el cambio climático, del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico y están dirigidas a municipios menores de 100.000 habitantes.
Esta línea de ayudas, financia acciones para el diseño e implantación de ZBE, subvencionando estudios e informes previos, así como la implantación de las mismas: obras, sistemas de monitorización automática, sensores de contaminación, señalización, balizamiento, campañas informativas, etc.
El presupuesto de la convocatoria ha sido de 500.000 euros, financiando hasta el 90% del proyecto solicitado y con un máximo de 100.000 € por ayuntamiento.
Finalizado el plazo de solicitudes, se han recibido cinco solicitudes correspondientes a los cinco municipios de los seis que en Castilla-La Mancha están obligados a implantar su ZBE: Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Talavera de la Reina y Toledo. Albacete no podía acogerse a dichas ayudas al superar su población los 100.000 habitantes.
Todos los municipios han solicitado ayuda tanto para el diseño como para la implantación y en total se han presentado proyectos por un importe de 842.158,07 €, solicitando en su conjunto una financiación máxima de 468.177,07 €.
Ayudas Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA)
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), ha publicado una orden de ayudas para la implementación de zonas de bajas emisiones dentro del, Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Se trata de un instrumento económico muy importante, aunque para acceder a dichas ayudas es necesario que el municipio tenga aprobado y en vigor un plan de movilidad urbana sostenible.
Conclusiones
El plazo otorgado por la ley para establecer las ZBE, antes de 2023, supone un reto importante para las corporaciones municipales afectadas. Se trata de un proceso que implica distintas fases que es necesario recorrer: estudio, diagnosis y propuesta del modelo y los objetivos de reducción de emisiones y calidad de aire a conseguir, acometer las acciones de remodelación urbana y despliegue tecnológico necesarias y la aprobación de una ordenanza municipal que de soporte legal a las regulaciones, restricciones y sanciones.
Por otra parte, y no menos importante, dado que la implantación de una ZBE implica un cambio en los hábitos de movilidad de los ciudadanos que pueden implicar restricciones y prohibiciones, es necesario el desarrollo paralelo de una eficiente campaña de divulgación e información acompañada de mecanismos ágiles de participación ciudadana.
Por último, la eficacia final de estas zonas como herramienta contra el cambio climático y la mejora de la calidad del aire, dependerá de que se establezcan áreas de tamaño suficiente y que se vinculen con acciones que incentiven los modos de trasporte más eficientes y sostenibles (transporte colectivo, movilidad compartida, vehículos de alta ocupación,…) y de la movilidad activa (marcha a pie, bicicleta) que origine un detrimento sensible del uso del vehículo privado con baja ocupación, al tiempo que se establece un sistema eficaz de seguimiento de las emisiones y de la calidad del aire, que permita una evaluación de sus efectos y el establecimiento de acciones de mejora continua.